El abandono durante el embarazo es causal de una sanción penal, por ello, las mujeres en esta situación pueden interponer una demanda.
El Código Penal del Perú plantea, en el artículo 150, que la persona que abandone a una mujer embarazada merece una pena de cárcel de hasta cuatro años. Una pensión de alimentos contiene las siguientes necesidades: de comida, vestido, atención médica y todo aquello que implique los gastos del embarazo desde la concepción hasta la etapa del postparto.
Las mujeres embarazadas pueden solicitar una pensión de alimentos mediante la presentación de su DNI y un documento que acredite su situación de pregnancia. Asimismo, el estado de abandono de la embarazada es considerado cuando no tiene apoyo del padre del hijo que espera, ni ingresos económicos personales suficientes.
Este pedido de pensión de alimentos se puede solicitar desde el preciso momento en que tenga la certeza del embarazo, no es requisito estar casada o convivir con el padre del menor. El abogado Daniel Galván menciona: “Si es que se da un caso de sentencia a favor de la demandante y el juez ordena el pago por concepto de alimentos en favor del hijo, en caso de incumplirse se incurre en el delito de omisión a la asistencia familia. Habitualmente por este tipo de delitos el juez determina una pena efectiva de dos años de cárcel».
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